El fiscal retira uno de los delitos contra Sandokán y rebaja la pena


Esto supondría, que la petición de cárcel para Gómez quedaría en 40 años (en vez de los 44 iniciales) y para sus hijos en 18 años y tres meses (en lugar de los 22 de las primeras conclusiones)

El Ministerio Fiscal hoy ha rebajado los delitos por los que pide cárcel para Gómez y sus hijos; ha retirado la acusación sobre el impago del impuesto de sociedades de Arenal 2000 de inversiones del año 2005, lo que deja la cantidad supuestamente defraudada a Hacienda en unos 60 millones de euros (la rebaja es de 5,8 millones). Esto supondría, que la petición de cárcel para Gómez quedaría en 40 años (en vez de los 44 iniciales) y para sus hijos en 18 años y tres meses (en lugar de los 22 de las primeras conclusiones).
También durante la sesión de hoy uno de los inspectores de Hacienda que participó en el informe donde constan supuestos fraudes al fisco de las empresas de Gómez ha declarado hoy, en la cuarta sesión del juicio que las cuentas de las empresas arrojaban «gran confusión» y al igual que los otros 4 inspectores que testificado, ha ratificado ante el juez que instruye el caso que la principal anomalía de gestión fue la existencia de operaciones intragrupo que no están debidamente soportadas en documentos contractuales, presentan divergencias relevantes entre los destinos teóricos y los reales y deslocalizan rentas y patrimonios entre los grupos empresariales.
Ha comenzado la declaración de los peritos: cinco funcionarios de Hacienda y tres profesionales del Derecho y la Economía, estos últimos propuestos por la defensa de Gómez. Todos ellos, por turnos, han sido interrogados sobre los indicios que el Ministerio Fiscal y la Abogacía del Estado consideran constitutivos de delitos de impago tributario.
Uno de los ejemplos que han expuesto, fue con respecto al impuesto de sociedades del año 2004 donde, se acusa a la empresa Grupo Inversor Arenal 2000 de haberse deducido un gasto fiscal de 360.000 euros por una finca que teóricamente figuraba como arrendamiento pero que explotaba otra sociedad del grupo.
Los peritos también se han referido a que se administraban gastos que no estaban contabilizados, todo lo cual «pone de manifiesto una conducta defraudataria» por parte de las sociedades del grupo. Sin embargo, el que inspector de Hacienda que dirigía la investigación, ha explicado a la sala que ante tanta contabilidad- las empresas llegaron a facturar 100 millones de euros- llegó un momento en el que «no dábamos a basto».
Por ello, una vez que se inició el procedimiento por la vía penal, es fiscal estableció cuatro criterios para investigar la causa: ocultación de la obligación de pagar impuestos, hasta 60 millones de euros; una aplicación desviada de la ley tributaria, un cumplimento discutible de la misma y también, un correcto cumplimiento de la norma tributaria.
Evidentemente, en eso se han centrado los cuatro abogados que defienden a Gómez y a sus 4 hijo a través de las declaraciones de los peritos que ellos han presentado hoy que han negado por activa y por pasiva que ni en el impuesto de sociedades de Grupo Inversor Arenal 2000 de los años 2004 y 2006 (los ejercicios que se debatían hoy) se dejó de pagar al fisco casi 17 millones de euros.
Es más, para corroborar esto, hoy ha testificado un catedrático emérito de Derecho Financiero y Tributario, Fernando Pérez-Royo que emitió un dictamen sobre la empresa Arenal 2000 en 2007 que concluyó que, según la legislación vigente, estaba sometida a tributos del régimen de sociedad patrimonial y no general y que en sus propiedades se realizaban los usos que estaban establecidos.
«Los árboles no nos dejan ver el bosque» ha declarado uno de los funcionarios de la Inspección de Hacienda que, como sus colegas, tiene claro que, a nivel general, las empresas de Gómez ocultaron información a la Agencia Tributaria, aplicaron de manera incorrecta el derecho tributario vigente.
Concretamente, otro de los funcionarios califica los hechos como una forma «torticera» o desviada de aplicar la ley tributaria. Todo ello, para aplicar la normativa de manera que le fuese beneficiosa, es decir, que evitara el pago de determinados impuestos, societarios, patrimoniales o relativos a las personas físicas acusadas, Rafael Gómez y sus hijos.