La Junta Electoral sanciona a Ganemos


Considera que se ha vulnerado artículo 53 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General al hacer propaganda política con un anuncio

Grupo municipal de Ganemos.
Grupo municipal de Ganemos. /Foto: JC

La Junta Electoral de Zona de Córdoba ha impuesto una sanción de 600 euros a Ganemos por por la inserción publicitaria de propaganda política tras la convocatoria de las elecciones generales del próximo 28 de abril.

Grupo municipal de Ganemos.
Grupo municipal de Ganemos. /Foto: JC

Esta sanción responde a una denuncia presentada en su día por el Partido Popular al entender que el mencionado anuncio publicitario supone una infracción del artículo 53 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General. Esta norma prohíben la realización de publicidad o propaganda electoral mediante carteles, soportes comerciales o inserciones en prensa, radio u otros medios digitales”.

En este caso de Ganemos, se trata de un anuncio a media página en el que la formación se publicita como “4 años a favor de Córdoba”, apoyada con los siguientes mensajes: “Visibilizando lo invisible”, “Poniendo a los barrios en el centro” y “Incremento de la inversión en Servicios Sociales”.

La Junta Electoral de Zona entiende que la infracción cometida por Ganemos tendría una multa será de 300 a 3.000 euros si se trata de autoridades o funcionarios y de 100 a 1.000 si se realiza por particulares. En este caso, considera que “no existen razones que justifiquen la imposición de la sanción en su máxima cuantía, al no constar otros datos; pero tampoco puede imponerse una sanción mínima que por su cuantía sería casi simbólica en relación al coste del anuncio. Por lo tanto se estima adecuada una sanción de 600 euros”. 

Esta sanción será firme mañana si en el plazo de 24 horas Ganemos no presenta un recurso a la misma.