El alcalde de Córdoba, José María Bellido (PP), ha dirigido escrito al secretario general del Pleno en el que ha señalado que, «en base al art. 43.7 del Reglamento Orgánico General del Ayuntamiento de Córdoba ‘El asunto o asuntos para los que se hubiera solicitado un Pleno extraordinario no podrán incorporarse al Orden del Día de un Pleno ordinario, o de otro extraordinario con más asuntos, si no lo autorizan expresamente los solicitantes de la convocatoria'».
De ese modo, «se solicita la inclusión en el Orden del Día del próximo Pleno ordinario, a celebrar el jueves 22 de septiembre, del art. 93 de Debate sobre la Gestión de la Junta de Gobierno Local del citado Reglamento“El Pleno, a propuesta del Alcalde o mediante solicitud de la cuarta parte, al menos, del número legal de miembros Corporativos, podrá acordar la celebración de una sesión extraordinaria cuyo objeto sea someter a debate la gestión de la Junta de Gobierno Local. El mismo Concejal no podrá solicitar más de una sesión al año. Su convocatoria se regirá por lo previsto en el artículo 42 del presente Reglamento y demás normas legales de aplicación. El debate se habrá de circunscribir a los acuerdos adoptados por dicha Junta en el periodo definido por el Alcalde o por los corporativos solicitantes‘.
Sobre el Pleno, que se celebrará este jueves, el secretario ha emitido cinco de fundamentos de derecho y unas conclusiones en las que estima que «se adecua a la normativa vigente, no existiendo ningún precepto en la normativa básica y reglamentaria del régimen de sesiones de las Entidades Locales correspondiente a los municipios de gran población como Córdoba capital, no existiendo ningún precepto en el vigente Reglamento Orgánico municipal que impida o prohíba al Alcalde Presidente la inclusión en la parte de control y fiscalización del orden del día de una sesión plenaria ordinaria de un asunto relativo a una propuesta suscrita por la propia Presidencia de la Corporación municipal para la celebración efectiva de un debate sobre la gestión de la Junta de Gobierno Local, como así, efectivamente figura incluido dicho asunto en la parte de control y fiscalización del orden del día del Pleno ordinario cuya celebración está prevista para el próximo día 22 de septiembre».
De esa manera, para el secretario «dicha propuesta suscrita por la Alcaldía tiene, por tanto, idéntica e igual validez legal que si se hubiese optado por usarse la fórmula de control y fiscalización por el Pleno sobre el debate de la gestión de la Junta de Gobierno Local tanto si se hubiese convocado un Pleno extraordinario, a iniciativa de la propia Alcaldía bien como si se hubiese hecho a iniciativa de una cuarta parte del número legal de miembros de la Corporación para debatir la gestión de la Junta de Gobierno Local».