Coronavirus: Castro del Río sí, Montefrío no


Habrá que esperar al pronunciamiento del Tribunal Supremo, que tiene en sus manos arrojar seguridad jurídica sobre los confinamientos de localidades concretas

Agente de la Policía Local de Castro del Río./Foto: Policía Local de Castro Montefrío
Agente de la Policía Local de Castro del Río, en una imagen de archivo./Foto: Policía Local de Castro

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ratificado el confinamiento (cierre perimetral y de la actividad no esencial) impuesto por la Junta en las localidades gaditanas de Bornos y Villamartín, así como de la cordobesa de Castro del Río.

Ello atendiendo a los criterios de «necesidad, idoneidad y proporcionalidad”, para frenar la propagación del coronavirus en los citados municipios. Si bien, el mismo tribunal no ha decidido en el mismo sentido en la localidad granadina de Montefrío.

Para la misma, el TSJA no ha atendido la petición de la administración autonómica, la cual ya ha anunciado que recurrirá el auto al Tribunal Supremo. Y es que el TSJA ha considerado que, en el caso de Montefrío, con la Orden de 7 de mayo de la Consejería de Salud y Familias que decreta su confinamiento «se está imponiendo una restricción indiscriminada de un derecho fundamental, hasta el extremo de que afecta, incluso, a aquellos ciudadanos que ya estuvieron vacunados”. Es más, en el auto se señala que la norma de la Junta «adolece de una imprecisa redacción”.

Así las cosas, ahora habrá que esperar al pronunciamiento del Supremo, que tiene en sus manos arrojar seguridad jurídica sobre el asunto, creando jurisprudencia, en un sentido u otro. Si bien, para que esto suceda deben ser varias las sentencias que promulgue sobre la cuestión.