Seguiremos ofreciendo alternativas


Nosotras no acosamos, ni molestamos, ni ofendemos, ni intimidamos, ni coaccionamos a esas mujeres

El pasado 13 de abril salió publicado en el BOE el nuevo artículo del Código Penal, 172 quater, que dice al comienzo del punto 1: “El que para obstaculizar el ejercicio del derecho a la interrupción voluntaria del embarazo acosare a una mujer mediante actos molestos, ofensivos, intimidatorios o coactivos que menoscaben su libertad, …”, La acción de acosar la define la RAE como: “Perseguir, sin dar tregua ni reposo a alguien, o apremiarle de forma insistente con molestias o requerimientos”.

Ya escribí en otra ocasión que el acoso ya está tipificado como delito en el Código Penal y no entiendo, por tanto, la necesidad de añadir un nuevo artículo para este caso concreto, a no ser que la intención que se persiga sea disuadir a las personas que acudimos a las proximidades de las clínicas de abortos a ofrecer otra alternativa a esas madres, porque se presuma o se presuponga que las acosamos por ello. 

Este artículo no refleja nuestra forma de actuar, porque nosotras no acosamos, ni molestamos, ni ofendemos, ni intimidamos, ni coaccionamos a esas mujeres, sino que, con una gran delicadeza, cariño y respeto, les ofrecemos ayuda por si quieren tener a su bebé, sin insistir y sin entrar en confrontación con nadie. Por tanto, seguiremos estando allí para que esas madres tengan la posibilidad de decir sí a la vida de su hijo, como ha sido el caso de 45 de ellas, que, desde que comenzamos nuestra labor en Córdoba, han querido seguir adelante con su embarazo y están felices de haber tomado esa decisión y sus hijos e hijas pueden disfrutar de la vida.

 

Isabel Pinaglia Alcaide      

Presidenta de la Asociación Córdoba por el Derecho a la Vida